EL 4° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago puso fin a la etapa procesal del Caso Pío Nono y determinó absolver al ex carabinero Sebastián Zamora de las acusaciones por homicidio frustrado simple.
Lo anterior, a raíz de la imputación que ha liderado la fiscal Ximena Chong y Marcelo Carrasco en contra del ex cabo, después de que el 2 de octubre de 2020, Anthony, que en ese entonces tenía 16 años, cayera a 7,4 metros desde el sector del Puente Pío Nono hasta el lecho del Río Mapocho.
Los fiscales pedían una pena de 8 años de cárcel efectiva, mientras que el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) esperaba una sentencia de 12 años de prisión.
Sin embargo, tras la resolución de forma unánime del Tribunal, se desestimó la tesis de la Fiscalía que sostenía que Sebastián Zamora lo habría empujado y lo declaró inocente.
En este sentido, se probó que Anthony se encontraba participando de la manifestación violenta y que estaba con rostro cubierto. “Existían indicios que de todas formas justificaban el proceder de Zamora (para detenerlo)”, expuso la jueza presidenta del tribunal, Patricia Bründl.
Sumado a ello, recalcó que la víctima resultó con lesiones graves, pero no con riesgo vital, lo cual era fundamental, puesto que al ex funcionario policial se le acusó de homicidio frustrado.
La defensa de Sebastián Zamora en el juicio por Caso Pío Nono
El abogado defensor Alejandro Peña aseguró que le sorprendió que la Fiscalía nunca acusó al ex funcionario de “empujar” al joven. Lo anterior, debido a que al leer la acusación del Ministerio Público se le “imputa los siguientes verbos rectores: se abalanza, lo eleva y lo impulsa sobre la baranda”.
El jurista leyó dichos sinónimos con el objetivo de recalcar la similitud de los conceptos, recordando que en parte del testimonio de Anthony en el juicio, sostuvo que sintió un “empujón con forma de agarre”.