El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó a Álex Luis Alberto Vicuña Tebes a la pena de presidio perpetuo simple, en calidad de autor del delito de robo con homicidio. Ilícito perpetrado en enero del año pasado, en la comuna de Alto Hospicio.
En fallo unánime (causa rol 1.052-2023), el tribunal –integrado por los magistrados Arturo Fernández Vargas (presidente), Cristián Malebrán Eyraud y Juan Pozo Araya (redactor)– condenó a los acusados Francisco Javier Guerra Castillo, Luis Javier Romero Riffo y Miguel Francisco Hernández Tuna a 10 años de presidio, como autores del delito de robo con violencia.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la madrugada del 24 de enero de 2023, Vicuña Tebes, Guerra Castillo, Romero Riffo y Hernández Tuna, previamente concertados para sustraer especies, “(…) se movilizaban en el vehículo marca Nissan, Murano color gris, placa patente única RFSZ-66, el cual era conducido por Guerra Castillo, transitando por el sector del mirador de Las Banderas de la comuna de Alto Hospicio, cuando a eso de las 4:30 horas de la madrugada aproximadamente descendieron del vehículo Álex Luis Alberto Vicuña Tebes acompañado por Luis Javier Romero Riffo y Miguel Francisco Hernández Tuna, con el objeto de sustraer teléfonos celulares y especies personales de Sebastián Alejandro Zúñiga Zúñiga, quien se encontraba al interior de un automóvil junto a otra víctima de iniciales Y.T.R.V. para lo anterior, intimidaron a ambos con un arma de fuego que mantenía Álex Alberto Vicuña Tebes, bajando mediante la fuerza Zúñiga Zúñiga, en donde Álex Luis Alberto Vicuña, acompañado por estos dos últimos proceden a propinarle golpes en diferentes partes del cuerpo, logrando la sustracción de un teléfono marca Samsung, modelo A32, de propiedad de la víctima Y.T.R.V. y ante la resistencia de Zúñiga, el acusado Vicuña Tevez disparó en su contra, causándole la muerte a raíz de una hipovolemia aguda traumática por herida torácica compatible con proyectil balístico por arma de fuego”.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.